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Sucesiones & Donaciones en Fuerteventura (2026): Bonificaciones fiscales canarias explicadas

La visión completa sobre reducciones, bonificaciones y plazos.

Por qué Canarias es tan atractiva fiscalmente

Las Islas Canarias ofrecen algunas de las mayores bonificaciones fiscales de Europa para herencias y donaciones.

Para muchos propietarios, esto representa una ventaja decisiva en la planificación a largo plazo.

Las Normas Fiscales Más Importantes para Sucesiones & Donaciones

Franquicias fiscales (hasta 300.000 € por persona)

Para familiares directos (Grupos I y II) se aplican franquicias elevadas:

  • hijos

  • padres

  • cónyuges

Bonificación fiscal de hasta el 99,9 %

Tras aplicar la franquicia, la cuota tributaria se reduce hasta un 99,9 %.

En muchos casos, esto significa: 0 € de impuesto.

Plazos & Obligaciones

Sucesión

  • Plazo: 6 meses

  • Posibilidad de prórroga

  • Los bienes deben ser valorados

Donación

  • Plazo: 30 días

  • Aplica a inmuebles, dinero y otros activos

Ejemplo de Cálculo (2026)

Ejemplo

  • Valor del inmueble: 250.000 €

  • Heredero: hijo (Grupo II)

  • Franquicia: 300.000 €

  • Bonificación: 99,9 %

Resultado: → 0 € de impuesto

Indicaciones Importantes para Propietarios

Puntos Clave

  • Planificar la sucesión con antelación

  • Revisar los datos catastrales

  • Una donación puede ser fiscalmente más ventajosa

  • Cumplir estrictamente los plazos

  • En caso de varios herederos: recomendable una regulación clara

Temas Relacionados

Estos temas están directamente vinculados a la sucesión, donación y fiscalidad inmobiliaria:

Impuestos de Adquisición (ITP, IGIC, AJD)

Impuestos Recurrentes (IBI, Basura, Imputación de Renta)

Alquiler (VV & LAU)

Venta & Impuesto sobre la Ganancia Patrimonial

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